Libre Desarrollo de la Personalidad

 

¿CUÁL ES EL PRODUCTO EVALUATIVO?

TEXTO SOBRE LOS GRUPOS HUMANOS, SU CULTURA Y SUS DERECHOS

NOMBRE DEL EVENTO EVALUATIVO

Periodo 1/ Evento N° 2/ LIBRE DESARROLLO DE LA PERSONALIDAD

TÉCNICA:

Observación

INSTRUMENTO:

Diálogos, asambleas y puestas en común

PREGUNTA PROBLEMATIZADORA O SITUACIÓN PROBLEMA:

¿Por qué es importante respetar al otro en su particularidad?

TIEMPO DE EJECUCIÓN DEL EVENTO EVALUATIVO:

Semanas 4 y 5 del primer periodo periodo

DESCRIPCIÓN DEL EVENTO EVALUATIVO

INICIO

7 minutos

El inicio de la clase será con un ejercicio donde un educando describirá a algunos de sus compañeros en su personalidad.

Se Reflexiona sobre la importancia del estado de conciencia plena en las sesiones de clase, en clase se aclaran dudas y se instauran las normas de comportamiento en el aula

DESARROLLO

38 minutos

 

LIBRE DESARROLLO DE LA PERSONALIDAD Y LA DIVERSIDAD SEXUAL

 

La orientación sexual y el ejercicio de la sexualidad constituyen hechos esencialmente privados.

El artículo 16 de la Constitución Política de la República de Colombia (1991) establece: “Todas las personas tienen el derecho al libre desarrollo de la personalidad sin más limitaciones que las que imponen los derechos de los demás y el orden jurídico.”

El desarrollo de la personalidad vista desde  las teorías y enfoques  psicológicos se inicia con la vida misma del sujeto desde su gestación, y se complementa con los procesos de identificación bio  psico socio culturales, procesos que son vividos  en  la cotidianidad;  en primera instancia en el hogar, donde los modelos primarios son los padres de familia y/o cuidadores del infante; seguidamente la escuela, donde el modelo familiar es reemplazado por el profesor en los primeros grados educativos y éste es además desplazado por la fuerte influencia de los pares o compañeros que viven y comparten experiencias, expectativas y necesidades similares, haciendo surgir de estas relaciones entre jóvenes lazos muy fuertes, porque básicamente es la juventud la etapa de la vida en la cual se tiende al alejamiento de la familia para  ganar autonomía e independencia, consolidar la personalidad; así mismo, están los medios de comunicación que son espacios de fuerte  influencia en la vida  de los niños y jóvenes, dado que ellos son los mayores consumidores  de herramientas como la internet, las redes sociales, los videos, la música, los deportes,  tecnologías que se han ido adhiriendo a las necesidades básicas de la vida humana, como un elemento axial en la deconstrucción societal propia de las sociedades posmodernas.

El desarrollo de la personalidad en la convivencia diaria permite interiorizar los estímulos e informaciones adquiridos del componente ambiental, social y cultural, mediante los procesos psíquicos superiores (Vygostki, 1982), eventos que son afianzados en la juventud.  En esta dirección, es importante anotar que las experiencias traumáticas tempranas en el ser humano constituyen eventos de gran magnitud que dejan huella en la psique, generalmente negativos que se reflejan en enfermedades psicológicas y que afectan el normal desarrollo de la personalidad, como son la timidez, introversión, la agresividad, entre otras.  Siendo la escuela el lugar donde la personalidad se modifica, se enraíza, por ser el ámbito en que más tiempo permanecen los jóvenes y por estar presentes la mayor cantidad de agentes socializadores o personas e instituciones que influyen en la formación humana,  como  son las políticas públicas educativas, la religión, los pares,  los medios de comunicación,  por lo tanto allí,  en la escuela,  con eventos de rechazo, discriminación, señalamiento, indiferencia, los niños y jóvenes desarrollan procesos que limitan fuertemente el normal desarrollo de la personalidad.

Los jóvenes que pertenecen a las múltiples culturas juveniles como un acto libre de conformación de una subjetividad que está más allá del sujeto clásico cartesiano o del marco interpretativo de la figura del ciudadano, son rechazados desde el interior de algunas instituciones educativas, dado que, según estas, no se ajustan a los requerimientos legales del colegio,  y proceden a aplicar el manual de convivencia con tal rigor inquisitivo que puede llegar hasta la discriminación y posterior expulsión del estudiante, negándole no solo el derecho del libre desarrollo de la personalidad sino el inviolable derecho a la educación, es decir, enfrentando dos derechos inalienables.

Las Instituciones Educativas soportan estos actos con la autonomía escolar, definida en la Ley 115, en su artículo 77 como: Dentro de los  límites fijados  por la presente Ley  y el proyecto educativo institucional, las instituciones de educación formal  gozan de autonomía para organizar  las áreas fundamentales de conocimiento definidas para cada nivel, introducir áreas y asignaturas  optativas,  adaptar algunas áreas a las necesidades y características  regionales, adoptar métodos de enseñanza y organizar actividades formativas, culturales y deportivas, dentro de los lineamientos que establezca el Ministerio de Educación Nacional (República de Colombia, 1994: 31).[1]

·        Aplicar el derecho a la intimidad y libre desarrollo de la personalidad al ámbito laboral, implica que el empleador no pueda realizar juicios de valor sobre la vida privada del trabajador, y que, en razón a ello, no pueda atribuirle consecuencias sancionatorias por comportamientos que carezcan de relación directa con el ejercicio de sus funciones, pues ello supondría una intervención injustificada y desproporcionada en su esfera personal (Sentencia T-054/18, 2018). 

Para mayor claridad frente al concepto de ‘’esfera personal’, es menester acudir a la jurisprudencia de la Honorable Corte Constitucional Colombiana, que lo ha definido como todo lo que le permite al ser humano desarrollar su personalidad e identidad, es decir, las relaciones familiares, las prácticas sexuales, la salud, el domicilio, las comunicaciones personales, las creencias religiosas, los secretos profesionales y como tal, cualquier acontecimiento personal, el pensamiento y sus expresiones. Sentencia T-841/11 (2011).  No obstante, en la realidad el respeto por la esfera personal del trabajador es inexistente, pues siempre será afectado por juicios de valor que nada tienen que ver con el desempeño de su cargo.[2]

 

CIERRE

10 minutos

Se propone una actividad que dé cuenta de lo visto en clase y pueda ser utilizado como evidencia.

En clase se da el espacio para aclarar las dudas que les hayan quedado a los estudiantes.

Importante saber qué expectativas generó en el educando la clase, retroalimentarse para mejorar.

Recursos

Material de apoyo:  https://www.youtube.com/watch?v=CuVVwgrayyI

 

 



[1] Recuperado de: chrome-extension://efaidnbmnnnibpcajpcglclefindmkaj/file:///C:/Users/USUARIO/Downloads/Dialnet-LibreDesarrolloDeLaPersonalidadYDisciplinasEscolar-6132053.pdf

[2] Recuperado de: chrome-extension://efaidnbmnnnibpcajpcglclefindmkaj/https://repository.unilibre.edu.co/bitstream/handle/10901/20409/TRABAJO%20FINAL.%20GRUPO%2013.%20INTIMIDAD%20Y%20LIBRE%20D..pdf?sequence=1&isAllowed=y

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