Afrocolombianidad y sus Derechos

 

¿CUÁL ES EL PRODUCTO EVALUATIVO?

TEXTO SOBRE LOS GRUPOS HUMANOS, SU CULTURA Y SUS DERECHOS

NOMBRE DEL EVENTO EVALUATIVO

Periodo 1/ Evento N° 3/ AFROCOLOMBIANIDAD Y SUS DERECHOS

TÉCNICA:

Observación

INSTRUMENTO:

Diálogos, asambleas y puestas en común

PREGUNTA PROBLEMATIZADORA O SITUACIÓN PROBLEMA:

¿Cómo se ganó la población afrocolombiana sus derechos?

TIEMPO DE EJECUCIÓN DEL EVENTO EVALUATIVO:

Semanas 7 del primer periodo periodo

DESCRIPCIÓN DEL EVENTO EVALUATIVO

INICIO

7 minutos

Se da inicio a la clase con un recorderis sobre los afros colombianos más conocidos y reconocidos.

Se Reflexiona sobre la importancia del estado de conciencia plena en las sesiones de clase, en clase se aclaran dudas y se instauran las normas de comportamiento en el aula

DESARROLLO

38 minutos

 

AFROCOLOMBIANIDAD Y SUS DERECHOS

 

Como consecuencia del racismo y la discriminación, la población afrocolombiana, negra y palenquera1 carece de oportunidades en el ámbito de la educación, salud, vivienda, servicios públicos, empleo, ingreso, participación política, entre otros.

Este problema histórico estructural de la población afrocolombiana, la lentitud y poca efectividad por parte del Estado para hacer efectivas las políticas públicas dirigidas a remover estos obstáculos y elevar su calidad de vida.

La presencia del afrocolombiano se refleja en los textos de historia tradicional a partir de la invasión europea a América Latina del siglo xvi. Hay evidencia de que en los primeros viajes de Cristóbal Colón hubo población africana que era sometida a vejámenes y castigos.

Cartagena de Indias, principal puerto de la trata negrera del Virreinato de la Nueva Granada y del interior del continente, proceden de Senegambia.

La gesta de independencia, aunque utilizó a la población esclavizada como vanguardia de sus ejércitos, conservó esta realidad al no incorporar los reclamos de las poblaciones Estado & comunes • 2020 • pp. 17-3620 Rubén Darío Hernández Cassiani Tema cent ral subalternas (negras e indígenas) en el ideario de las nuevas naciones. A lo sumo, respondieron con una libertad de vientre, principio jurídico que se aplicó a los hijos nacidos de las negras esclavas a partir del 21 de julio de 1821 y luego de que cumplieran 18 años.

Tiempo después, el Congreso de Colombia aprobó la abolición de la esclavitud en 1851, la cual reconoce la libertad formal sin ningún tipo de garantía de derechos para los esclavizados. Contrario a esto, la abolición beneficiaba en lo económico a los esclavistas mediante la puesta en marcha de un fondo de manumisión que establecía mecanismos de indemnización mediante una serie de bonos (Hernández, 2006, p 54). Dicho sistema de diferenciación racial y social mantuvo rezagos, incluso en los tiempos del liberalismo más radical de la segunda mitad del siglo xix. Esta realidad, propia de los afrocolombianos, constituye el racismo estructural que pesa sobre las colectividades mencionadas e impide que salgan de su condición de pobreza, desigualdad socioeconómica, exclusión social y política (Stavenhagen, 1991) en pleno siglo 21.

Normativa legal vigente

 Los derechos de la población afrocolombiana son reconocidos por un conjunto de normas nacionales e internacionales, además de que están sustentados por la Constitución de 1991. Estos se enmarcan en la filosofía política de los Estados comprometidos con el respeto de los deberes y derechos de los ciudadanos, sin detrimento de los demás y sin discriminación.

Los artículos 1 y 7 de la Constitución sustentan la diversidad de la sociedad, mientras que los artículos 13 y 70 reconocen el derecho a la igualdad y la no discriminación, derechos que deben gozar las comunidades afrodescendientes y sus miembros. El artículo 13 establece que todas las personas nacen libres e iguales ante la ley y recibirán la misma protección y trato de las autoridades. El artículo 70, por su parte, reconoce que “la cultura en sus diversas manifestaciones es fundamento de la nacionalidad. El Estado reconoce la igualdad y dignidad de todas las personas que conviven en el país”. El Artículo Transitorio 55 reconoce para las comunidades afrocolombianas ribereñas que ocupan baldíos y luego a todas las comunidades del territorio nacional, los derechos sociales, económicos, políticos y culturales, en especial la propiedad colectiva de la tierra y los recursos que estas albergan, en correspondencia con sus referentes identitarios culturales.

La Ley 21 de 1991 reglamentó su aplicación en todo el territorio colombiano, legitimando de esta manera la adopción de normas y políticas públicas que faciliten la participación de las colectividades étnicas en la toma de decisiones respecto a planes, programas y proyectos que afecten su mundo étnico-cultural. En estos horizontes se inscribe la Convención Americana sobre Derechos Humanos, dirigida a garantizar que los Estados adopten medidas contra la discriminación, sin distingo alguno, y que permitan el ejercicio libre de los derechos tanto colectivos como individuales (OEA, 1969, p. 2).

El Plan integral de largo plazo para la población negra, afrocolombiana, palenquera, 2006-2019 Durante estos últimos veinte años, el movimiento social afrocolombiano, negro y palenquero se movilizó por la adopción de políticas públicas con el ánimo de fortalecer acciones colectivas por sus derechos. La importancia de movilizarse también radica en la posibilidad de convertir sus medidas en acciones de Estado de larga duración, más allá de las acciones coyunturales de los Gobiernos. Esto favorece un actuar más conjunto del movimiento, para fortalecer su actuar al unísono y no inmiscuirse en contiendas burocráticas.[1]

El Congreso de la República de Colombia garantiza la participación política de minorías étnicas (indígenas, afrocolombianos, raizales, palenqueros y Rrom) a través de circunscripciones especiales, otorgando curules fijas en el Senado y la Cámara de Representantes. Estas bancadas, como la Comisión Legal Afrocolombiana, trabajan por sus derechos, tierras y bienestar. 

 

CIERRE

10 minutos

Se propone una actividad que dé cuenta de lo visto en clase y pueda ser utilizado como evidencia.

En clase se da el espacio para aclarar las dudas que les hayan quedado a los estudiantes.

Importante saber qué expectativas generó en el educando la clase, retroalimentarse para mejorar.

Recursos

Material de apoyo:  https://www.youtube.com/watch?v=3QxU6MhGDwA

 

 



[1] Recuperado de: chrome-extension://efaidnbmnnnibpcajpcglclefindmkaj/http://scielo.senescyt.gob.ec/pdf/ecomunes/v2n11/2477-9245-ecomunes-2-11-00017.pdf

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